Comienza el plazo para pedir el cheque de 200 euros

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A partir de este miércoles 15 de febrero se puede solicitar el cheque de 200 del Gobierno para personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio. Un pago único para asalariados, autónomos o desempleados, siempre que no sean pensionistas o que reciban otras prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital (IMV). 

 [Ni pensionistas ni beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital podrán solicitar el cheque de 200 euros para familias]

Cómo pedir el cheque de 200 euros

Para solicitar esta ayuda los requisitos son no haber percibido unos ingresos íntegros en 2022 superiores a 27.000 euros y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros sin tener en cuenta la vivienda habitual. 

[Guía del cheque de 200 euros para familias: dónde solicitarlo y cuáles son los requisitos]

El cómputo de ingresos y patrimonio para recibir el cheque de 200 euros se suma entre los familiares que convivan en un mismo domicilio (solicitante, cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta en segundo grado). Pero si el solicitante no comparte domicilio con una unidad familiar, sólo se suma su propia renta, ya que no se tiene en cuenta el ingreso y el patrimonio de las personas que comparten piso si no tienen parentesco.

Se pide a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria con el sistema Cl@ave, certificado electrónico o DNI-e. Los únicos documentos que se deben aportar son los NIF del solicitante y familiares y una cuenta bancaria a la que llegará la ayuda en caso de ser beneficiario. 

El plazo cierra el 31 de marzo

El periodo habilitado para pedir el cheque de 200 euros para familias que comienza este 15 de febrero se cerrará el 31 de marzo. A partir de esa fecha el plazo para que llegue la cuantía es de dos meses.

La ayuda forma parte del nuevo paquete de medidas anticrisis aprobadas por el Gobierno en el último Consejo de Ministros de 2022, entre las que también está la bajada del IVA en productos de la cesta de la compra. En concreto, en alimentos de primera necesidad como el pan, las frutas, las verduras, las legumbres o la leche.

Fuentes

Agencia Tributaria

Moncloa

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