Con la convocatoria de las elecciones generales de 2023 que se celebran el próximo 23 de julio, han surgido muchas dudas sobre el desarrollo de estos comicios. Respondemos en Maldita.es a las principales consultas que nos habéis enviado.
Si tienes más preguntas generales sobre el proceso electoral, puedes hacernos llegar tus consultas a través del formulario ‘Mándanos tus preguntas’.
En pocas palabras:
- ¿Cuándo se celebran las elecciones generales de 2023? Las elecciones generales de 2023 se celebran el próximo 23 de julio. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué se elige en estas elecciones generales? A los diputados y senadores que conforman el Congreso de los Diputados y el Senado, respectivamente. Pincha aquí para más información.
- ¿Por qué se celebran elecciones el 23 de julio y no otro día? La ley electoral dicta que se celebren las elecciones 54 días después de aprobar el decreto de disolución de las Cortes Generales, que se publicó este 30 de mayo. Pincha aquí para más información.
- ¿Por qué ha convocado Pedro Sánchez elecciones generales antes de que termine la legislatura? Pedro Sánchez ha explicado que ha convocado las elecciones debido al resultado de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo. Pincha aquí para más información.
- ¿El presidente del Gobierno puede disolver las Cortes Generales antes de tiempo? Sí, la Constitución lo permite bajo su exclusiva responsabilidad. Pincha aquí para más información.
- ¿Es obligatorio votar en unas elecciones en España? No, el voto es voluntario y secreto. Pincha aquí para más información.
- ¿Quiénes tienen derecho a voto en las elecciones generales en España? Todos los españoles mayores de edad, excepto aquellas personas que por sentencia judicial firme no tengan ese derecho. Pincha aquí para más información.
- Si el 23 de julio no voy a estar en mi ciudad, ¿qué puedo hacer para votar? Puedes votar por correspondencia desde donde vayas a estar solicitándolo a Correos. Pincha aquí para más información.
- ¿Es seguro votar por correo? Existen varias medidas para garantizar la seguridad del correo, incluida la identificación del votante en varias fases del proceso. Pincha aquí para más información.
- Si pido el voto por correo, ¿ya no me pueden convocar para formar parte de una mesa electoral? No, no funciona así. Pueden convocarte igualmente, aunque hayas pedido el voto por correo. Pincha aquí para más información.
- ¿Cuáles son los plazos del voto por correo? Puedes solicitarlo hasta el 13 de julio, inclusive. Correos enviará los sobres electorales entre el 3 y el 16 de julio a los votantes. Debes entregar tu voto en cualquier oficina de Correos antes del 20 de julio. Pincha aquí para más información.
- ¿Hay que llevar el DNI cuando entregue el voto por correo para el 23-J? Con lo que sabemos a 1 de junio, no es necesario porque no lo recoge así la ley electoral ni tampoco la Junta Electoral Central ha tomado una decisión en ese sentido, como sí hizo con las elecciones a la Asamblea de Melilla. Pincha aquí para más información.
- ¿Debo estar en mi ciudad para poder votar por correo? No, puedes realizar todo el proceso de voto por correo en otra ciudad. Si no estás en la dirección, el cartero te dejará un aviso en el buzón. Pincha aquí para más información.
- ¿Hasta cuándo se puede votar si resides en el extranjero? Si eres residente temporal, debes votar antes del 20 de julio y puedes pinchar aquí para saber más. Si eres residente permanente, antes del 19 de julio por correo y entre el 15 y el 20 de julio en la urna del consulado y aquí puedes saber más.
- ¿Cuándo se cerró el censo para estas elecciones y cómo consultarlo? El censo se cerró el 1 de marzo. Puedes consultar tu ficha del censo aquí o a través de tu ayuntamiento o consulado.
- ¿Cómo sé dónde me toca votar? La oficina del censo envía la tarjeta censal a cada ciudadano. También puede consultarse por Internet o por teléfono. Pincha aquí para más información.
- ¿Cuándo se elige a los miembros de la mesa electoral? Entre el 24 y el 28 de junio. Los seleccionados serán notificados en un plazo de tres días. Pincha aquí para más información.
- ¿Es obligatorio acudir a una mesa electoral si me ha tocado ir? Sí, es obligatorio. No hacerlo conlleva penas de cárcel o multa. Pincha aquí para más información.
- ¿Puedo librarme de acudir a una mesa electoral? Puedes presentar una excusa para no ir, pero la decisión de aceptarla depende de tu junta electoral de zona. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué pasa si no estoy en casa cuando me llega la notificación de ir a la mesa electoral? El ayuntamiento realizará varios intentos. Luego, tratará de localizarte la junta electoral correspondiente. Pincha aquí para más información.
- ¿Cuánto dura la campaña electoral de las elecciones generales de 2023? 15 días. Del 7 al 21 de julio. Pincha aquí para más información.
- ¿Cuándo se proclaman las candidaturas de los partidos a las elecciones generales? El 27 de junio se publican las candidaturas definitivas en el BOE. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué son los apoderados e interventores? Son representantes de las candidaturas el día de las elecciones. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué es una junta electoral? Son los órganos encargados de gestionar las elecciones. Pincha aquí para más información.
- ¿Una persona puede ser diputada y senadora al mismo tiempo? No, la Constitución lo prohíbe. Tampoco puede presentarse simultáneamente a ambas cámaras como candidato. Pincha aquí para más información.
- ¿Desde qué hora y hasta qué hora se puede votar el 23 de julio? Los colegios electorales están abiertos desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la noche. Pincha aquí para más información.
- ¿Hasta cuándo se pueden publicar encuestas electorales? Los medios de comunicación no pueden publicar los resultados durante los cinco días anteriores a las elecciones. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué es la jornada de reflexión? Es como se conoce popularmente al día anterior a la celebración de las elecciones, en el que está prohibido realizar actos de campaña electoral, como pedir el voto. Pincha aquí para más información.
- ¿Se puede pedir el voto el día de las elecciones? No, sólo se puede pedir el voto durante la campaña electoral. Pincha aquí para más información.
- ¿Cómo se realiza el recuento de votos en España? Las mesas electorales son las encargadas de contar los votos, luego una empresa adjudicataria transmite los datos provisionales del recuento que vemos después. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué son las subvenciones electorales? Los partidos que obtengan representación parlamentaria en elecciones pueden optar a subvenciones para sufragar sus gastos electorales. Pincha aquí para más información.
- ¿Cuántos diputados se eligen para formar el Congreso de los Diputados? 350 repartidos entre las provincias y las ciudades autónomas. Pincha aquí para saber más.
- ¿Cuántos senadores se eligen para conformar el Senado? 212 repartidos entre las provincias peninsulares, las islas y las ciudades autónomas. El resto es designado por las comunidades autónomas. Pincha aquí para saber más.
- ¿Qué es el sistema D’Hondt que se usa para el reparto de escaños en las elecciones? Se trata de un sistema que se utiliza para repartir los escaños de forma proporcional al número de votos. Pincha aquí para más información.
- ¿Qué ocurre con todas las leyes que se estaban tramitando? La disolución del Congreso y el Senado implica que todas las leyes y otras iniciativas legislativas que había en tramitación han caducado. Pincha aquí para más información.
- ¿Se pueden aprobar leyes extraordinarias durante unas elecciones? Sí, en ciertos casos. Es la Diputación Permanente de cada cámara la responsable. Pincha aquí para más información.