¿Quién no ha recibido en algún momento dinero en efectivo de un familiar como regalo de cumpleaños? O incluso en Navidad hay quien prefiere dar aguinaldos para que ‘te compres algo bonito’, ya que “se trata de una costumbre muy extendida en nuestro país”, explica Javier Collado, profesor del Máster de Tributación y Asesoría Fiscal de la Universidad a Distancia de Madrid (Udima). ¿Habría que declarar ese dinero que te regalen a Hacienda?
Los expertos coinciden en que no es necesario hacerlo y que nadie lo registra. Además, recuerdan que Hacienda no lo persigue. Solo en el caso de ingresos de más de 3.000 euros el banco informa a Hacienda, que decide si lo investiga o no.
Las pequeñas cantidades de dinero no se declaran a Hacienda
“Teóricamente y siendo estrictamente legales sí que habría que declarar cualquier regalo que nos den, ya sea dinero o no a Hacienda, y sería una donación”, indica Collado. En la misma línea, Elisabet Ruiz Dotras, profesora de Economía y Empresa de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), indica que “cualquier dinero que se reciba, ya sea una transferencia o en efectivo, es una cantidad que debería tributar”.
Collado insiste en que “nadie declara pequeñas cantidades de dinero”, y que esto no debería preocuparnos, aunque reconoce “que hay mucho desconocimiento sobre lo que se debería hacer o no”. En la misma línea, Dotras asegura que “Hacienda no busca perseguir estos pequeños intercambios de dinero en metálico y tampoco tendría forma de registrarlos”.
Cómo, quién y dónde se declara una donación o un regalo
En caso de que el dinero que nos regalen sea una cantidad más grande “sí debería pensar en declararse a Hacienda como donación y lo haría el donatario (quien lo recibe) mediante el impuesto de sucesiones y donaciones”, dice Collado. “En el impuesto de donaciones no hay ningún límite exento”, aclara. Se trata de un tributo cedido a las comunidades con una parte estatal y otra autonómica. Esto quiere decir que si quien recibe la donación reside en la Comunidad de Madrid, por ejemplo, es aquí donde debería declararlo.
Además, “lo que completan las comunidades autónomas es el importe a tributar en función del grado de parentesco con la persona que lo regala y del importe que regala. Ellas deciden las posibles reducciones y bonificaciones”, explica Collado.
Pero este experto recalca que nadie declara como donaciones un regalo de dinero en metálico por tu cumpleaños por importe de 100 euros. Por ejemplo, en la parte correspondiente al impuesto de donaciones de la web de la Comunidad de Madrid hay varios casos de cómo se aplicaría el impuesto de donaciones y en todos los casos son donaciones de pisos en esta región.
La trazabilidad del dinero es clave: el banco informa a Hacienda por más de 3.000 euros
“Si te regalan dinero, te lo dan en efectivo y lo guardas en tu casa no hay trazabilidad, es como el dinero negro no declarado. Pero si decides ingresarlo en el banco, ya empieza a haber un registro y es cuando Hacienda podría llamar a la puerta”, indica Dotras.
Collado explica que “la alarma puede saltar en Hacienda si te regalan el dinero a través de una transferencia bancaria o si lo ingresas y el importe supera los 3.000 euros. A partir de esa cantidad el banco se lo comunica al Ministerio de Hacienda y es ahí donde esta podría empezar a investigar”, como indica el artículo 38.b del Real Decreto 1065/2007.
Sin embargo, este experto cree que “la posibilidad de que te investigue Hacienda por un solo ingreso de 3.000 euros es bastante baja”. En caso de que decida investigarlo, explica, Collado, tendrá que ver si el dinero viene de alguna contraprestación de algún bien o servicio que hayas prestado (clases particulares que hayas impartido y cobrado, por ejemplo), en cuyo caso deberías tributarlo mediante IRPF, o si fuera un regalo donación lo comunicaría a la agencia tributaria autonómica correspondiente.
Fuentes
Javier Collado, profesor del Máster de Tributación y Asesoría Fiscal de la Universidad a Distancia de Madrid (Udima)
Elisabeth Ruiz Dotras, profesora de Economía y de la Empresa de la UOC
Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2022 publicado por REAF