Nueva York obliga a publicar el salario en las ofertas de trabajo: ¿qué ocurre en España?

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 ¿qué ocurre en España?

El pasado 21 de diciembre, la gobernadora de Nueva York, Kathy Hochul, firmó una ley estatal de transparencia salarial en el estado que exige que los empleadores hagan públicos los rangos de salario para las ofertas de trabajo que anuncien. «Esta medida histórica marcará el comienzo de una nueva era de justicia y transparencia para la fuerza laboral de Nueva York y será una herramienta fundamental en nuestros esfuerzos para acabar con las brechas salariales generalizadas para las mujeres y las personas de color», señaló la gobernadora y recogió el departamento de prensa en un comunicado.

La medida surge con el espíritu de luchar contra la brecha salarial y evitar que a las mujeres se les paguen salarios más bajos. Pero es también una medida de transparencia que pretende acabar con la muy extendida práctica, también en España, de no incluir el salario en las ofertas de empleo.

En España, sin embargo, aunque el Gobierno ha aprobado en esta legislatura una nueva legislación en este sentido, no se incluye ninguna alusión a los potenciales trabajadores y trabajadores y a su necesidad de conocer su posible salario. “Salario a convenir” o “retribución según perfil del solicitante” suelen ser coletillas habituales de las ofertas.

En España no es obligatorio publicar el salario en las ofertas de empleo

Tras el Real Decreto ley de marzo de 2019, y su posterior desarrollo en el decreto de 2020, las empresas están obligadas a publicar un registro salarial para evitar discriminaciones, pero no tienen por qué incluir el sueldo en sus ofertas de trabajo. 

Desde Comisiones Obreras, uno de los dos sindicatos mayoritarios, advierten de que, en materia laboral, “el marco de referencia es bastante diferente al de Estados Unidos”. Aquí los convenios colectivos, con una cobertura muy amplia, son de eficacia general y fijan un mínimo salarial. “En Estados Unidos ni siquiera hay salario mínimo”, señala Raúl Olmos, adjunto en la secretaría de Acción Sindical. Sí se recogen sanciones a quienes publiquen ofertas de empleo con condiciones inferiores a las que marque el convenio, pero más allá de eso, no hay más restricciones.

El sindicato apuesta por que haya mayor transparencia en las ofertas de empleo. O, en su defecto, “que al menos se informe de forma obligada de cuál es el convenio de aplicación, como ocurre en el sector público”, dice Olmos. 

También la UGT es partidaria de que obligue a publicar el salario en las ofertas de trabajo. “Va a favor del principio de transparencia retributiva y permitiría identificar puestos de trabajo que contribuyan a la brecha de género”, señala Fernando Luján. El sindicalista señala que, además, contribuiría a hacer una fotografía sobre por qué hay vacantes en determinados sectores o puestos de trabajo como la hostelería. “Es una buena medida”, insiste. 

Europa trabaja en una directiva que sí incluye esta obligación

La situación en España puede cambiar, aunque haya que esperar varios años. La Unión Europea trabaja en una directiva de transparencia salarial que incluye en su artículo 5 “que los empleadores indiquen el nivel retributivo o la banda retributiva inicial que corresponderá al futuro trabajador para un puesto o empleo específico”. 

Además, esa información puede facilitarse en el anuncio de la vacante “o a través de otro medio”, pero siempre “antes de la entrevista de trabajo, y sin que el aspirante tenga que solicitarla”. Esta es la propuesta conjunta del Consejo y el Parlamento Europeo, que aún tiene que contar con el beneplácito de los Estados miembros. 

Mientras tanto, algunas empresas ya han anunciado que harán públicos los salarios de sus ofertas de trabajo. Es el caso de Microsoft, que publicará rangos salariales en sus ofertas de trabajo internas y externas en Estados Unidos a partir de enero de este año.

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