Pilar Alegría y la afirmación sobre que la ley que convalida penas a etarras es "idéntica" a la que aprobó el Consejo de Ministros de Rajoy: datos y contexto

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Pilar Alegría, ministra de Educación y portavoz del Gobierno, aseguró este martes, sobre la reforma de la ley que podría convalidar años de las penas que algunos presos de ETA cumplieron en el extranjero, que “el texto que se va a votar, aprobar, es literal al texto que se aprobó desde aquí, en Consejo de Ministros del Gobierno del señor Rajoy en el año 2014” [min. 28:23].

Alegría compara dos textos en momentos legislativos diferentes:

  • En 2014, el Gobierno de Mariano Rajoy presenta un texto legislativo que no incluía la mención a que los años de condena cumplidos en países de la UE pudieran convalidar años de condena impuestos en España.

  • Durante el trámite parlamentario, el PP presenta una enmienda para añadir una disposición adicional única para recogerlo que impedía convalidar penas impuestas en el extranjero anteriores al 14 de agosto de 2010.

  • En 2024, el Gobierno de Pedro Sánchez presenta una reforma de la ley en el que se mantiene la disposición adicional única.

  • En la tramitación parlamentaria de la reforma, la ponencia de la Comisión de Justicia incluye una enmienda de Sumar para que se derogue la disposición adicional.

Es decir, que tanto la inclusión de la disposición en 2014 como su eliminación este año se produjeron durante el trámite parlamentario, no en origen. Sería igual al del Consejo de Ministros de Rajoy, pero no igual al que se aprobó entonces en las Cortes.

Alegría dice que el texto de la ley que se va a aprobar es “literal” al que presentó Rajoy en 2014

Pilar Alegría aseguró en rueda de prensa que el texto que se va aprobar es “literal” al que presentó el Gobierno de Rajoy en Consejo de Ministros en 2014. En el texto inicial, el proyecto de ley de Rajoy no incluía que los años de condena cumplidos en países de la UE pudieran convalidar años de condena impuestos en España. Este asunto lo incluyó el Partido Popular como disposición adicional única en el plazo de enmiendas durante el trámite parlamentario en el Senado [pág 9]. En el Congreso se aprobó sin mencionar ese asunto, tal y como vino del Gobierno.

Comparativa del proyecto aprobado por Rajoy en el Consejo de Ministros y la enmienda incluida por el PP en el Senado, en 2014. Fuente: Congreso de los Diputados.

En un inicio, el Gobierno de Sánchez presentó su proyecto de reforma de la ley 7/2014 manteniendo esa disposición adicional única, como contamos​​ en Maldita.es. Fue durante el periodo de enmiendas y en la ponencia de la Comisión de Justicia, que conforman todos los partidos de la Cámara Baja, cuando Sumar introdujo la derogación de esa disposición adicional.

Es cierto que la ley original que se presentó al Parlamento bajo el Ejecutivo de Rajoy no incluía la disposición que ahora se elimina, ya que esta se incluyó en el periodo de enmiendas. Por tanto, aunque Alegría se refiere al planteamiento inicial, la actual reforma no hace que la ley quede “idéntica” a la que se aprobó en 2014, aunque sí sea idéntica a la que el Gobierno presentó originalmente en el Congreso. Esta disposición impedía que los españoles presos en el extranjero (entre ellos algunos etarras) pudieran conmutar la pena cumplida en el extranjero como parte de la pena impuesta en España por el mismo delito.

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