Preguntas y respuestas sobre los contratos fijos discontinuos

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En 2022 las estadísticas laborales han dado un vuelco en nuestro país. La cifra de contratos indefinidos ha sido la más alta de la historia. Una de las razones es que a partir de marzo de 2022, debido a la reforma laboral, se ha impulsado la utilización de la modalidad fijo discontinua en detrimento de la contratación temporal, mayoritaria en España hasta este último año.

Una de las características de los fijos discontinuos es que contemplan situaciones de inactividad para períodos intermitentes de trabajo o trabajos estacionales. Es decir, mientras que con los contratos temporales, una vez finalizados, la persona se puede registrar como parada, con los discontinuos no ocurre así. Las personas contratadas bajo esta fórmula pueden intercalar períodos de actividad e inactividad, y aunque estén inactivos (sin trabajar) siguen manteniendo una relación laboral con la empresa y no computan ni se registran como parados.

El Partido Popular ha criticado sobre estos contratos que se están utilizando para “maquillar” las cifras de parados. Tras la reforma laboral hay más personas contratadas bajo esta fórmula que nunca, pero también es cierto que la forma de contabilizar los parados no ha cambiado desde 1985. Organizaciones como la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA) han advertido de “posibles distorsiones” en las estadísticas de parados por no reflejar a los demandantes no ocupados que tienen un contrato laboral. El propio Ministerio de Trabajo y Economía Social asume que los únicos datos públicos disponibles hasta la fecha no diferencian cuántos de los fijos discontinuos están en situación de actividad o de inactividad y que mejorarán las estadísticas “todo lo posible”, pero por ahora no hay rastro de estos datos desglosados.

¿Qué es un contrato fijo discontinuo?

Un contrato fijo discontinuo es un tipo de contrato indefinido que tiene un carácter estacional y que contempla que se puedan intercalar posibles períodos de actividad e inactividad. Está pensado para trabajos en períodos intermitentes, como por ejemplo las temporadas de verano en el sector de la hostelería, y viene definido en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué diferencia hay con un contrato temporal?

Los contratos fijos discontinuos no son temporales, ya que tienen fecha de inicio, pero no de finalización. Es un tipo de contrato que se activa y se suspende. Mientras que los contratos temporales sí que cuentan con una fecha de finalización, y en muchos casos, al expirar estos, las personas se dan de alta en el paro como demandantes de empleo.

El fijo discontinuo, al ser un tipo de contrato indefinido, tiene ventajas para el trabajador, como la consideración de la antigüedad de la relación laboral (y no sólo los meses trabajados) o una mayor indemnización por despido.

¿Qué ha cambiado con la reforma laboral de 2022?

Aunque el real decreto ley de la reforma laboral se aprueba en diciembre de 2021 en el Consejo de Ministros y luego se convalida en el Congreso en febrero de 2022, hay un período de adaptación para las empresas hasta finales de marzo de 2022, cuando ya entran en vigor todos los cambios de la reforma laboral.

Desde esa fecha, el contrato ordinario pasa a ser el indefinido y los temporales quedan limitados a casos muy concretos, que son los siguientes:

- Contratos por circunstancias de la producción: se aplica en supuestos concretos, como que una empresa necesite cubrir picos inesperados de producción.

- Contrato por sustitución: para cubrir el puesto de una persona trabajadora con derecho a reserva de su puesto de trabajo.

En esta página del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, se explican de forma detallada todas las situaciones en las que pueden usarse los contratos temporales.

Los supuestos para contratar usando la modalidad del fijo discontinuo, por otra parte, se han visto ampliados, con el objetivo de absorber los casos en los que antes se usaban los temporales. El catedrático en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Jesús Lahera, explica las cinco modalidades que hay de este tipo de contratos en la actualidad y que vienen contemplados en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, que fue modificado con la reforma laboral.

El contrato temporal era el mayoritario hasta antes de la reforma laboral. Algunos de los objetivos de esta reforma, para evitar la alta tasa de temporalidad, han sido limitar el encadenamiento de contratos temporales o restringir los preceptos para favorecer el uso del fijo discontinuo, y así garantizar la realización de contratos indefinidos.

¿Los fijos discontinuos cuando están en período de inactividad se contabilizan como parados?

Los trabajadores con contratos de tipo fijo discontinuo no están contabilizados en las estadísticas de paro registrado, que publica el SEPE. Según explica el Ministerio Trabajo, aquellos fijos discontinuos que no están trabajando y que están en período de inactividad, se contabilizan como “demandantes no ocupados” (abreviado como “DENOS”) una categoría más amplia que incluye también a los parados registrados y que se publica mensualmente en las estadísticas del ministerio.

Fuente: Estadística de demandantes de empleo. Ministerio de Trabajo y Economía Social. Datos de diciembre de 2022.

Dentro de este período de inactividad, los trabajadores con esta modalidad de contrato, aunque no se registren ni se contabilicen como parados, también pueden cobrar el paro, si cumplen con las condiciones de cotización, tal y como indican desde el SEPE en su web.

Los fijos discontinuos, mientras estén trabajando, se consideran afiliados en alta en la Seguridad Social, según indica la metodología de la estadística de afiliados de la Seguridad Social.

Fuente: Metodología de la estadística de afiliados en alta laboral. Página 6. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

¿En las estadísticas aparecen los contratos fijos discontinuos?¿Se distingue a aquellos que están trabajando y a los que están en períodos de inactividad?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social publica mensualmente la cifra total de demandantes de empleos no ocupados (DENOS), una categoría amplía que incluye tanto a los fijos discontinuos que están en período de inactividad como a los parados registrados. A los fijos discontinuos los incluye en una categoría llamada “otros no ocupados/TEASS”. Los parados, en cambio, están incluidos en la categoría de “parados registrados”.

Sin embargo, dentro de estos “otros no ocupados/TEASS” no se especifica cuántos de ellos corresponden a trabajadores con contratos fijos discontinuos en estado de inactividad. Este concepto también comprende a algunos colectivos más minoritarios como estudiantes o trabajadores eventuales agrícolas subsidiados (los TEASS).

El secretario general de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, ha dicho, a raíz de la publicación de los datos de diciembre de 2022, que ”la idea que hay que desglosar es qué fijos discontinuos están en periodos de inactividad, que es lo que cuesta más, porque no hay un reflejo estadístico concreto de eso”.

Los datos que hay disponibles de fijos discontinuos son el total mensual de contratos registrado (los nuevos contratos de ese tipo que se registran cada mes) y el número medio mensual de afiliados a la Seguridad Social con contratos fijos discontinuos (el número de personas que están trabajando con un contrato fijo discontinuo, por tanto, los que están en periodo de actividad).

¿Los parados se siguen contabilizando de la misma forma? ¿Y los fijos discontinuos?

El Ministerio de Trabajo ha indicado a Maldita.es que los datos de parados registrados se recogen con la misma metodología desde 1985, tal y como aparece explicado en la propia web del ministerio, en la que se explica que mide el total de demandas de empleo en activo el último día de cada mes.

El Ministerio de Trabajo establece que las personas demandantes no ocupadas con un contrato fijo discontinuo, no computan en el paro registrado por tener una relación laboral.

Mientras tanto, la estadística que recoge los fijos discontinuos se puso en activo en 2005, con la activación del sistema estadístico actual con las comunidades autónomas, llamado SISPE (Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo), y que contiene series de datos históricas desde 1996.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha explicado a Maldita.es que la norma con rango de ley que reguló “por primera vez” esta modalidad contractual, es la Ley 16/1976 de Relaciones Laborales, en su artículo 16. Es decir, según este organismo, la primera aparición de los fijos discontinuos sería en 1976, aunque ha atravesado varias modificaciones hasta la actualidad.

¿Cómo han cambiado las cifras laborales desde la entrada en vigor de la reforma laboral?

En el informe ‘Observatorio Trimestral del Mercado de Trabajo’ elaborado por el Instituto Talento e Innovación, BBVA Research y la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA) y publicado en noviembre de 2022 se explica que el aumento de los fijos discontinuos desde la entrada en vigor de la actual normativa, podría haber producido “posibles distorsiones en los datos de desempleo”.

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