Se mueven en redes sociales contenidos que afirman que la Junta Electoral Central (JEC) ha decidido no exigir el DNI para entregar el voto por correo de cara a las elecciones generales del 23 de julio. Pero la JEC no ha publicado en su web a 1 de junio ningún acuerdo sobre la exigencia de presentar el DNI al emitir el voto por correo para estas próximas elecciones. Todos los acuerdos que tomó en relación a este asunto, tanto para exigir el DNI en Melilla como para rechazar exigirlo en todo el país, se refieren a las elecciones locales y autonómicas del 28 de mayo.
La última reunión de la JEC se celebró el 28 de mayo, el mismo día de las elecciones municipales y autonómicas, tal y como se puede comprobar en su página web. En esa reunión, la JEC trató el asunto del voto por correo y rechazó cualquier modificación de la norma. La exigencia del DNI u otra identificación personal para depositar el voto en Correos fue una medida que se acordó únicamente para las elecciones a la Asamblea de Melilla, después de las sospechas de fraude en el voto por correo en la ciudad autónoma. A continuación te explicamos qué es lo que ha decidido la Junta Electoral Central y qué no sobre la exigencia del DNI en el voto por correo.
No hay una nueva decisión de la JEC a 1 de junio sobre la exigencia del DNI para emitir el voto por correo en las elecciones generales
Los contenidos que se difunden en las redes sociales tras la convocatoria de elecciones generales del próximo 23 de julio dicen que la Junta Electoral Central (JEC) rechazó "la semana pasada extender a toda España la obligación de identificarse en la última fase del voto por correo, la de depositar las papeletas en la oficina de Correos para su envío a las mesas electorales".
El acuerdo de la JEC que se menciona en los contenidos no se refiere a las elecciones generales del 23 de julio, sino a las elecciones locales y autonómicas del 28 de mayo. En la web de la JEC figura un acuerdo de su reunión del 28 de mayo tras una consulta de la Junta Electoral Provincial de Sevilla a raíz de un escrito presentado por la formación Ahora Independientes.
En su escrito la formación política solicitaba a la Junta Provincial de Sevilla que "exigiera el DNI u otra identificación oficial al depositar las papeletas" en toda España en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo de 2023, según recoge El Mundo.
El acuerdo de la JEC dice que el "voto por correo está regulado con detalle en los artículos 72 a 74" de la ley electoral. En estos se explica cómo funciona el voto por correo en nuestro país. El organismo también detalla que la reforma de su funcionamiento se ha de plantear en el Congreso de los Diputados, Senado o al Gobierno, "como titulares de la potestad de iniciativa legislativa".
La JEC sí que acordó exigir el DNI en el voto por correo para las elecciones en Melilla del 28M
Con ese acuerdo, la JEC mantuvo una postura de la que solo se ha movido en el caso de las elecciones a la Asamblea de Melilla. A raíz de los asaltos a carteros para sustraerles la documentación electoral que se produjeron en la ciudad autónoma, la Delegación del Gobierno en Melilla y Correos solicitaron en un primer momento a la JEC que se exigiese el "DNI, pasaporte o carnet de conducir" en la entrega del voto por correo en las oficinas de la ciudad. La JEC la rechazó en una reunión celebrada el 10 de mayo.
El argumento de la JEC fue que “dado que las medidas adoptadas han neutralizado la posible utilización ilegítima de esta documentación electoral, no parece necesario endurecer el ejercicio del voto por correo añadiendo un requisito que no está previsto, siquiera indirectamente, en la Ley Electoral”.
Una semana después, el 18 de mayo, y tras la apertura de una investigación por un supuesto fraude en el voto por correo en Melilla, la JEC cambió de criterio y sí que terminó acordando la exigencia del DNI o pasaporte para entregar el sobre certificado en las oficinas de Correos de la ciudad, como ya había ordenado la Junta Electoral de Zona de Melilla. La JEC ratificó esa decisión y, además, amplió la obligación a cualquiera que votara por correo en las elecciones a la Asamblea de Melilla desde cualquier oficina de Correos de España.
En Maldita.es ya te hemos explicado cuáles son los mecanismos de seguridad del voto por correo en nuestro país y que el DNI únicamente se pide en la solicitud, pero no en la recogida ni entrega de este.